ABOGADO LABORAL
CONCILIACIONES ANTE EL SMAC Y RECLAMACIONES PREVIAS A LA JURISDICCION LABORAL POR TAN SOLO 120 €
La Constitución española en el artículo 35.1 establece que “todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo”
El artículo 37 señala que:
- «La ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios”
- “Se reconoce el derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo.”
Nuestra Carta Magna establece estos derechos y deberes como rectores de las de relaciones laborales entre empresarios y trabajadores. Será pues nuestra labor para defender sus derechos proporcionar un marco idóneo para el diálogo, buscando siempre soluciones alternativas al propio enfrentamiento entre las partes, acudiendo a los tribunales cuando no fuera posible el acuerdo.