ABOGADO EXPERTO EN DESPIDOS LABORALES

¿TE HAN DESPEDIDO DEL TRABAJO? ¡DEFIENDE TUS DERECHOS!

Abogados expertos en despidos reclamación
  • Indemnización por despido
  • Reclamación de cantidades
  • Otras reclamaciones

Cuando el empresario proceda a la extinción del contrato, al comunicar a los trabajadores la denuncia, o el preaviso de la extinción del mismo, deberá acompañar una propuesta de finiquito.

Despidos

La extinción del contrato por parte del empresario implica actuar con agilidad y rapidez para proteger los intereses de la parte más débil de la relación laboral, en este caso, usted, el trabajador.

Si ha sido despedido de su puesto de trabajo y no está de acuerdo con esta decisión sepa que es importante actuar inmediatamente, ya que existe un plazo de interposición de las acciones por despido de 20 días.

Desde Pleitea.com podemos asesorarle sobre la indemnización que le corresponde por ley, así como, la posibilidad de ser readmitido a su puesto de trabajo. Para ellos contará con la asistencia y representación de profesionales tanto en los pertinentes actos de conciliación extrajudiciales como en los actos judiciales.

Reclamación de salarios y finiquito

La reclamación de salarios no tiene un plazo concreto para su ejercicio, por lo que se le aplica el plazo general de prescripción de 1 año. Al ser un plazo de prescripción se interrumpe por la reclamación judicial o extrajudicial del trabajador. Una vez interrumpida vuelve a reanudarse de nuevo el plazo de prescripción de un año.

El Finiquito es un documento en el que, tras la extinción de una relación laboral, sirve para acreditar que se ha puesto a disposición del trabajador las cantidades que se le adeudan.

En el se aparecerán reflejadas las cantidades correspondientes a las vacaciones no disfrutadas, así como la parte proporcional de las pagas extraordinarias. El finiquito puede firmarse o no. Si el trabajador desea recibir la cantidad que se refleja en él, aunque no sea la correcta, sería correcto firmar el finiquito, especificando al lado de la firma “recibí no conforme”.

Los recibos de finiquito firmados por el trabajador (salvo los que contengan la fórmula “recibí no conforme”, y salvo otras excepciones como es el caso de firma bajo presión, obligado, engañado, etc…), tienen plena eficacia liberatoria. Una vez firmados se deben entender extinguidas todas las obligaciones económicas que pudiera tener pendientes la empresa con el trabajador sin poderse admitir en este caso reclamaciones salariales contra la empresa.

Desde Pleitea.com nos encargamos de defender sus intereses, valorando y calculando los importes correspondientes al finiquito e indemnización, y realizando las reclamaciones oportunas en cada caso.

El trabajador podrá solicitar la presencia de un representante legal de los trabajadores en el momento de proceder a la firma del recibo del finiquito, haciéndose constar en el mismo el hecho de su firma en presencia de un representante legal de los trabajadores, o bien que el trabajador no ha hecho uso de esta posibilidad. Si el empresario impidiese la presencia del representante en el momento de la firma, el trabajador podrá hacerlo constar en el propio recibo, a los efectos oportunos.

Carta de despido

El despido es la acción a través de la cual un empleador da por finalizado unilateralmente un contrato laboral con su empleado.

El requisito inicial para proceder al despido es la comunicación individualizada al trabajador mediante la Carta de despido, que consiste en la comunicación escrita del empleador dirigida al trabajador en la cual indica su voluntad de despedirlo, así como las causas y la fecha a partir de la cual se hará efectiva la medida.

Si usted es objeto de un despido nulo, un despido improcedente o un despido procedente, en cualquiera de los casos estamos para asesorarle y obtener los resultados más satisfactorios posibles para sus intereses.

Solicite presupuesto personalizado, sin compromiso, en materia de despido en info@pleitea.com o llamando a los teléfonos 91 432 07 47 ó 603 225 485